lunes, 4 de junio de 2007

FUNCIONES DEL TUTOR EN PRIMARIA

Las funciones que debe desarrollar el tutor para los alumnos de educación primaria están contempladas en el artículo 36 del Reglamento Orgánico de los Colegios de Educación Primaria (R.O.C.) (B.O.J.A. n1 104 de 6 de Septiembre de 1.997)
Artículo 36. Funciones del tutor.

Los maestros tutores ejercerán las siguientes funciones:
a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y de acción tutorial. Para ello podrán contar con la colaboración del Equipo de Orientación Educativa.
b) Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos y alumnas de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres, madres o tutores legales.
c) Atender las dificultades de aprendizaje del alumnado para proceder a la adecuación personal del currículo.
d) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Centro.
e) Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado.
f) Informar a los padres y madres, maestros y maestras y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, con las complementarais y con el rendimiento académico.
g) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y maestras y los padres y madres de los alumnos y alumnas.
h) Colaborar con el Equipo de Orientación Educativa en los términos que establezca la jefatura de estudios.
i) Atender y cuidad, junto con el resto de los maestros y maestras del Centro, al alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas, de acuerdo con lo que , a tales efectos, se establezca.
j) Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a su cargo.

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